lunes, 14 de noviembre de 2011

EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

PROTECCION PERSONAL


Se entiende por Elementos de Proteccion Personal:
“Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin”

VENTAJAS DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

                      Generalmente proporcionan una barrera entre un determinado
                             riesgo y la persona.
        Aminoran la gravedad de las consecuencias del accidente.
        Mejoran el resguardo de la integridad física del trabajador.
       Fáciles de seleccionar.
       Fáciles de implantar.
       Gran variedad de tipos disponibles en el mercado.

DESVENTAJAS DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

         •       No evitan los accidentes.
         •       Su uso genera molestias al trabajador.
         •      El trabajador tiende a no usarlos.
         •      Su uso no siempre es la mejor solución.

        ASPECTOS IMPORTANTE A DESTACAR.

       Una incorrecta o inoportuna selección de los E.P.P., pueden provocar accidentes de mayor gravedad.
       Durante el desarrollo de las actividades laborales productivas, nunca se debe usar:

      Corbatas y/o bufandas.
      Ropas sueltas.
      Pelo largo.
      Anillos, pulseras, reloj, collares, etc.

       Deben asignarse de forma personal.
       Deben ser de tamaños apropiados a cada trabajador, adecuándose a sus condiciones.
       Su uso es obligatorio en el lugar de trabajo.
       No deben permitirse alteraciones en su normal uso.
       No deben permitirse alteraciones al modelo original.
       Los elementos deben mantenerse en buenas condiciones.
       Cualquier falla del elemento, debe ser informado de inmediato.
       El Jefe Directo debe supervisar el uso y estado de conservación y mantenimiento de los E.P.P. que empleen los trabajadores a su cargo.
       Su uso no exime, en ningún caso, del cumplimiento de las normas de seguridad.

SELECCIÓN DEL EQUIPO PERSONAL
La selección del equipo de protección personal se realiza en base a los siguientes factores:
          Riesgo
          Condición de Trabajo
          Partes a Proteger
          Trabajador que lo usará

CARACTERÍSTICAS
Los equipos de protección personal deben cumplir las siguientes características:
          Proteger Bien
          Ser Resistentes
          Ser Prácticos
          Ser de fácil
          Mantenimiento

CLASIFICACION DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

      Protección de la CABEZA.
      Protección del OIDO.
      Protección de los OJOS y de la CARA.
      Protección de las VIAS RESPIRATORIAS.
      Protectores de MANOS y BRAZOS.
      Protectores del TRONCO y el ABDOMEN.
      Protección de PIES y PIERNAS.
      Protectores de la PIEL.
      Protección TOTAL del CUERPO.



SEÑALIZACION

Este tipo de señalización significa voz de mando, es decir obligatoriedad para utilizar los elementos de protección personal en la realización de determinados trabajos y/o para el ingreso a ciertas áreas.

Las señales son diseñadas de acuerdo a sus necesidades, implementando todas las normas internacionales y nacionales vigentes en su país.

SEÑALAMIENTO QUE INDICAN OBLIGACION




LEYES QUE RIGEN A LOS  E.P.P

Ø  La Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en su Articulo nº 68 establece que: “las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor”.
Ø   En primer lugar, la mejor recomendación es adquirir los EPP bajo norma, sea esta nacional (IRAM) o bien internacional (UE, OSHA, etc.).
Ø  Todo lo inherente al selección entrega, uso y control de los EPP se encuentra normado en el TÍTULO VI (Protección Personal del Trabajador) Cap. 19 (Equipos y Elementos de Protección Personal), del ANEXO I, del Dec. Nº 351/79.
Ø  En primer lugar debe mencionarse que en caso de comprobarse que una vez producido un accidente, éste se ha debido a deficiencias del equipo o elemento utilizado, es el fabricante quién será responsable por los daños ocasionados (art. 188).
Ø  Es lógico, una vez adquirido el EPP el trabajador está obligado a utilizarlo (art. 188 y art. 10 de la Ley Nº 19587 y en el inc. “c”, art. 30 del Dec. Nº 170/96).
Ø  COVENIN y LOPCYMAT establecen las normas con las que deben cumplir los E.P.P
  
 LOPCYMAT: Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en la República Bolivariana de Venezuela
  
  Artículo 56
     Es obligación de los empleadores:
Ø  Instruir y capacitar a los trabajadores respecto a la prevención de accidentes y enfermedades profesionales, así como también en lo que se refiere al uso de dispositivos personales de seguridad y protección.
Ø  Son obligaciones de los trabajadores: Usar obligatoriamente, reclamar, aceptar y mantener en buenas condiciones los implementos de seguridad personal
Ø  Acatar las instrucciones, advertencias y enseñanzas que se le impartieren en materia de Higiene y Seguridad Industrial.
Ø 
Norma COVENIN 2237-89

    “Ropa, Equipos y Dispositivos de protección Personal – Selección de Acuerdo al Riesgo Ocupacional”

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